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Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en el blog EMS Solutions International está editada y elaborada por profesionales de la salud. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario. by Dr. Ramon REYES, MD

Niveles de Alerta Antiterrorista en España. Nivel Actual 4 de 5.

Niveles de Alerta Antiterrorista en España. Nivel Actual 4 de 5.
Fuente Ministerio de Interior de España
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miércoles, 30 de octubre de 2024

DOCUMENTO DE CONSENSO SOBRE MEDICAMENTOS Y CONDUCCIÓN EN ESPAÑA.

DOCUMENTO DE CONSENSO SOBRE MEDICAMENTOS Y CONDUCCIÓN EN ESPAÑA: INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN GENERAL Y PAPEL DE LOS PROFESIONALES SANITARIOS

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Es un informe llevado a cabo por un equipo conjunto del Ministerio de Sanidad y la Dirección General de Tráfico (DGT), y publicado este viernes, 21 de octubre de 2016.

Documento de consenso sobre medicamentos y conducción en España: información a la población general y papel de los profesionales sanitarios.



Medicamentos y conducción de vehículos: Categorías DRUID

Datos

Fecha: 21/10/2016

Ficha técnica Archivo pdf2,11 MB


Si analizamos los 15 principios activos de mayor consumo en España (según los datos de facturación de recetas) y su posible efecto sobre la conducción de vehículos, vemos que incluyen el pictograma medicamentos y conducción. Dicho pictograma alerta sobre la posible influencia del medicamento en  la capacidad de conducir y la importancia de leer el apartado relativo a la conducción y uso de maquinarias peligrosas incluido en el prospecto.  Tres de ellos son benzodiacepinas (Lorazepam, Alprazolam y Lormetazepam) usadas en el tratamiento de la ansiedad y/o trastornos del sueño. Entre las tres se prescribieron 37.5 millones de envases de ansiolíticos/hipnóticos. Les siguen metamizol y tramadol, ambos utilizados como analgésicos con 31.6 millones de envases. Es fundamental que estos fármacos se hayan prescrito de forma adecuada y que si se prescriben a conductores, el médico les alerte de la influencia que el tratamiento puede tener en la capacidad de conducir (ver recuadro).
Enlace para bajar PDF





viernes, 12 de enero de 2024

España: Se suprime el permiso de conducir de la clase BTP, exigido hasta ahora para taxis, ambulancias y otros vehículos de emergencia y escolares. DGT 2015

España: Se suprime el permiso de conducir de la clase BTP, exigido hasta ahora para taxis, ambulancias y otros vehículos de emergencia y escolares. 2015

20 Octubre 2015
Fuente: DGT

  • El objetivo es adaptarse a las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de Conducción.
  • Los titulares del BTP podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se les requería, con independencia de que deban cumplir los requisitos establecidos en las normas sectoriales.
  • Los titulares del BTP no necesitarán modificar su permiso de conducción. Cuando renueven el de la categoría B, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP.

A partir del 1 de enero de 2016, el permiso de conducción de la clase BTP, solo existente en España y con validez exclusivamente en el territorio nacional, se suprime para adaptarse a las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de Conducción, común en los 28 estados de la Unión.
 
El motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP podrán conducirse con otras categorías ya recogidas en el Permiso Único Comunitario, a partir de la entrada en vigor de la modificación reglamentaria.
 
El actual permiso BTP  autoriza “a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg y su número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve”.
 
Los titulares de este permiso podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se requería el BTP, con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios (taxis, ambulancias, policías…), siempre que mantengan en vigor la categoría del permiso de conducción exigida en función del vehículos de que se trate.
 
Asimismo, dichos titulares continuarán con el mismo permiso de conducción, en el que figura  la categoría BTP, hasta que les caduque el permiso de la categoría B. Cuando lo renueven, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP.
 
La supresión de esta clase de permiso quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores, a través de la publicación en el BOE de un Real Decreto  que incluya dicha modificación e incorpore a nuestro ordenamiento la Directiva 2014/85/UE sobre el permiso de conducción y cuya fecha límite para trasponerla es el 31 de diciembre de 2015.  
Actualmente, dicha supresión está tramitándose. Sólo falta el dictamen del Consejo de Estado y su posterior publicación en el BOE, pero la relevancia que para determinados sectores supone la eliminación de este permiso, requiere de su difusión anticipada.