Código Ictus
Se denomina Código Ictus al procedimiento de actuación sanitaria prehospitalaria basado en el reconocimiento precoz de los signos y síntomas de un ictus de probable naturaleza isquémica, (disminución importante del flujo sanguíneo cerebral, de forma anormalmente brusca) , con la consiguiente priorización de cuidados y traslado inmediato por parte de los Servicios de Urgencia a un hospital con Unidad de Ictus de aquéllos pacientes que, por sus condiciones clínicas, puedan beneficiarse de una terapia de reperfusión y de cuidados especiales en una Unidad de ictus.
El objetivo de este procedimiento es que el tiempo transcurrido desde el inicio de los síntomas a la llegada a la puerta del hospital no sea superior a 2 horas. Igualmente, que el tiempo transcurrido desde la transmisión del aviso por parte del Centro Coordinador de Urgencias a la llegada a la puerta de hospital sea menor de 1 hora.
Ictus: qué es
El ictus es una enfermedad cerebrovascular que afecta a los vasos sanguíneos que suministran sangre al cerebro, con trastorno brusco de la circulación cerebral que altera la función de una determinada región del cerebro.
Un ictus ocurre cuando un vaso sanguíneo que lleva sangre al cerebro se rompe o es taponado por un coágulo u otra partícula. Debido a esta ruptura o bloqueo, parte del cerebro no consigue el flujo de sangre que necesita. La consecuencia es que las células nerviosas del área del cerebro afectada no reciben oxígeno, por lo que no pueden funcionar y mueren transcurridos unos minutos.
Los términos accidente cerebrovascular, ataque cerebral o, menos frecuentemente, apoplejía son utilizados como sinónimos del término ictus.
El ictus, por lo tanto, puede producirse tanto por una disminución importante del flujo sanguíneo que recibe una parte de nuestro cerebro como por la hemorragia originada por la rotura de un vaso cerebral:
En el primer caso hablamos de ictus isquémicos; son los más frecuentes y su consecuencia final es el infarto cerebral: situación irreversible que lleva a la muerte a las células cerebrales afectadas por la falta de aporte de oxígeno y nutrientes transportados por la sangre.
En el segundo caso nos referimos a ictus hemorrágicos; son menos frecuentes, pero su mortalidad es considerablemente mayor. Como contrapartida, los supervivientes de un ictus hemorrágico suelen presentar, a medio plazo, secuelas menos graves.
Son trastornos que tienen en común su presentación brusca, que suelen afectar a personas ya mayores –aunque también pueden producirse en jóvenes– y que frecuentemente son la consecuencia final de la confluencia de una serie de circunstancias personales, ambientales, sociales, etc., a las que denominamos factores de riesgo.
Síntomas de alerta de ictus isquémico:
Entumecimiento, debilidad o parálisis repentina de la cara, el brazo o la pierna de un hemicuerpo.
Confusión repentina.
Dificultad para hablar o entender.
Pérdida de visión brusca de uno o ambos ojos.
Cefalea intensa, repentina y sin causa aparente asociada a náuseas y vómitos (no achacable a otras causas).
Dificultad para caminar, pérdida de equilibrio o coordinación.
En cualquier caso, es preciso que la atención se realice con la mayor celeridad posible.
Como primer eslabón en la asistencia de todo cuadro compatible con un ictus, el código ictus ha de cumplir una serie de características:
Consideración de ictus como emergencia médica: en el el Código Ictus se da prioridad a aquellos pacientes que puedan ser susceptibles de tratamiento agudo y de una terapia de reperfusión y, por extensión, aquéllos que finalmente no lo sean, que puedan beneficiarse de otros tratamientos específicos, en una Unidad de Ictus (UI).
Reconocimiento precoz de un posible ictus isquémico: mediante formación específica del personal sanitario.
Cuidados específicos en la atención del ictus manteniéndolo en una situación clínica adecuada que haga posible el tratamiento más idóneo a su llegada al hospital
Priorización en el traslado, poniendo a disposición el recurso más avanzado y rápido posible.
Coordinación con el resto de los eslabones de la cadena asistencial. según el procedimientos operativo de SUMMA-112. Se define como Hospital con Unidad de Ictus aquél hospital que cumple los requisitos mínimos exigidos para los cuidados agudos del ictus.
Al introducirse el tratamiento endovascular como parte de la cadena asistencial al Ictus, es necesario considerar la necesidad de traslado interhospitalario desde la UI al Centro de Ictus de guardia para tratamiento endovascular, en coherencia con el Protocolo de actuación en el traslado interhospitalario asistido y urgente no asistido, actualmente en vigor
CRITERIOS DE INCLUSION DE UN CÓDIGO ICTUS EXTRAHOSPITALARIO:
Inicio de los síntomas a puerta de Hospital < 9 horas o a una hora desconocida
Situación basal del paciente: Escala de Rankin Modificado ≤ 2
Déficit neurológico actual presente en el momento del diagnóstico. Presencia de alguno de los síntomas de sospecha de ICTUS:
Entumecimiento, debilidad o parálisis repentina de la cara, el brazo o la pierna de un hemicuerpo.
Confusión repentina.
Dificultad para hablar o entender.
Perdida de visión brusca de uno o ambos ojos.
Cefalea intensa, repentina y sin causa aparente asociada a náuseas y vómitos (no achacable a otras causas).
Dificultad para caminar, perdida de equilibrio o coordinación.
CRITERIOS DE EXCLUSIÓN DE UN CÓDIGO ICTUS:
No cumple criterios diagnósticos de ictus.
Más de 9 horas de evolución de los síntomas.
Paciente con gran dependencia (escala de Rankin Modificado >= 3) .
Situación clínica de enfermedad avanzada irreversible
Demencia (moderada-grave).