La Isla de Santo Domingo: Raíz Histórica, Identidad Dominicana y Defensa de la Soberanía
Por Dr. Ramón Reyes, MD
Introducción
El nombre de una nación no es solo un término geográfico; es un símbolo de su historia, soberanía e identidad. En el caso de la República Dominicana, la denominación Isla de Santo Domingo no solo define el territorio, sino que encarna el legado jurídico, cultural y emocional de su pueblo. Este artículo analiza, con rigor histórico y jurídico, el origen, la evolución y la importancia de este nombre, así como la necesidad de defenderlo frente a tergiversaciones modernas que amenazan la identidad dominicana.
¿Quién nombró oficialmente la isla?
El 5 de diciembre de 1492, Cristóbal Colón asignó el nombre de La Española (o Hispaniola) a la isla que había descubierto. Sin embargo, este acto fue simbólico, no oficial, ya que en el contexto de la época, solo los monarcas soberanos de Castilla y Aragón tenían la autoridad legal para asignar nombres a los territorios ultramarinos.
El nombre Isla de Santo Domingo fue oficializado en 1506 bajo el reinado de Fernando II de Aragón (Fernando el Católico). Este acto jurídico, respaldado por documentos reales y mapas oficiales, reemplazó la denominación inicial de La Española y sentó las bases de la identidad que definiría a los habitantes de la isla. Este hecho no es una mera curiosidad histórica, sino el pilar jurídico que sustenta la identidad dominicana.
¿Por qué es correcto decir "Isla de Santo Domingo"?
El uso del nombre Isla de Santo Domingo está respaldado por sólidos argumentos históricos, jurídicos y constitucionales:
Nombramiento oficial de la Corona Española (1506):
La designación de Isla de Santo Domingo fue un acto soberano que otorgó validez legal al nombre en mapas, tratados y documentos oficiales, reemplazando La Española.
Reafirmación bajo Felipe IV (1621):
Mediante una Cédula Real, el rey Felipe IV estableció que los nacidos libres en la isla serían llamados dominicanos, un gentilicio derivado de Santo Domingo, diferenciándolos de los españoles peninsulares y consolidando su identidad única.
Juramento Trinitario (1838):
En el acto fundacional de la nación, liderado por Juan Pablo Duarte, los trinitarios proclamaron la creación de la República Dominicana, un nombre que refuerza la conexión directa con Santo Domingo y rechaza cualquier vínculo con española o hispana.
Consagración constitucional:
Desde la primera Constitución de 1844, el nombre dominicanos y la referencia a la Isla de Santo Domingo han sido constantes, anclando la identidad nacional en esta denominación.
Reconocimiento en tratados internacionales:
El tratado fronterizo con Haití de 1874 utiliza la fórmula “…de la isla de Santo Domingo o Haití”, reconociendo Santo Domingo como el nombre jurídico principal, mientras que Haití designa la parte occidental.
Consecuencias de alterar el nombre
El uso de términos como La Española o Hispaniola en contextos oficiales, educativos o mediáticos tiene implicaciones graves:
Pérdida de sustento jurídico: Desvincular el gentilicio dominicano de Santo Domingo debilita la base histórica y legal de la identidad nacional.
Confusión identitaria: Promueve reinterpretaciones geopolíticas que pueden erosionar la soberanía dominicana.
Afectación a los símbolos patrios: El nombre República Dominicana en el escudo nacional perdería coherencia si se reemplaza Santo Domingo por otro término.
Juristas y constitucionalistas dominicanos advierten que aceptar nombres alternativos en contextos diplomáticos o educativos podría interpretarse como una renuncia implícita a la identidad nacional, con posibles consecuencias legales y culturales.
Aclaración terminológica: "Bautizar" no equivale a "nombrar oficialmente"
Es crucial distinguir entre:
Bautizar: Un acto simbólico, como el realizado por Colón al nombrar La Española.
Nombrar oficialmente: Un acto jurídico soberano, exclusivo de los reyes, que otorgaba validez legal al nombre en tratados, mapas y jurisdicciones.
Bajo el derecho castellano e internacional del siglo XVI, solo la Corona tenía la potestad de oficializar nombres de territorios, lo que ocurrió con Isla de Santo Domingo en 1506.
La Isla de Santo Domingo en 2025
En un mundo globalizado donde las identidades nacionales enfrentan el riesgo de diluirse, defender el nombre Isla de Santo Domingo es más relevante que nunca. Este esfuerzo implica:
Afirmación histórica: Reivindicar el nombre oficial es un acto de fidelidad a los hechos documentados.
Defensa constitucional: Proteger Santo Domingo es salvaguardar la soberanía y el marco legal de la nación.
Homenaje a los próceres: Honrar a figuras como Duarte implica preservar la identidad que ellos forjaron.
En 2025, cuando las narrativas globales a menudo intentan homogeneizar las historias nacionales, reafirmar la conciencia histórica dominicana es un acto de resistencia cultural y patriotismo.
Conclusión
La Isla de Santo Domingo no es un nombre más; es el fundamento jurídico, identitario y constitucional de la nación dominicana. Defenderlo frente a términos como La Española o Hispaniola no es un ejercicio de nostalgia, sino un compromiso con la preservación de la soberanía y la memoria histórica.
Ser dominicano es llevar con orgullo una identidad nacida en 1506 con el nombre Santo Domingo, consolidada por siglos de lucha y consagrada en la fundación de la República. En un mundo que cambia rápidamente, proteger este legado es un deber de todos los dominicanos.
Línea de Tiempo: La Evolución Oficial del Nombre de la Isla de Santo Domingo
Por Dr. Ramón Reyes, MD
5 de diciembre de 1492
Evento: Cristóbal Colón "bautiza" la isla como La Española (Isla Española o Hispaniola en latín).
Contexto: Este acto fue simbólico, sin validez jurídica. En la época, los nombres propuestos por exploradores carecían de autoridad legal, que correspondía exclusivamente a los monarcas soberanos.
Impacto: La Española se usó inicialmente en crónicas, pero no en documentos oficiales.
1506
Evento: El rey Fernando II de Aragón (Fernando el Católico) oficializa el nombre Isla de Santo Domingo.
Contexto: Mediante un acto jurídico soberano, la Corona Española establece Isla de Santo Domingo como la denominación legal en mapas, documentos reales y registros coloniales.
Impacto: Este nombre reemplaza La Española y se convierte en la base identitaria de la isla.
1621
Evento: El rey Felipe IV emite una Cédula Real que asigna el gentilicio dominicanos a los nacidos libres en la isla.
Contexto: La medida distingue a los habitantes de la isla de los españoles peninsulares, consolidando una identidad propia derivada de Santo Domingo.
Impacto: Refuerza el vínculo entre el nombre de la isla y la identidad de sus habitantes.
27 de febrero de 1844
Evento: Fundación de la República Dominicana tras la independencia de Haití.
Contexto: El Juramento Trinitario, liderado por Juan Pablo Duarte, proclama la República Dominicana, anclando la identidad nacional en el nombre Santo Domingo.
Impacto: La primera Constitución de 1844 consagra el gentilicio dominicanos y la conexión con la Isla de Santo Domingo.
9 de noviembre de 1874
Evento: Primer tratado fronterizo entre la República Dominicana y Haití.
Contexto: El tratado utiliza la fórmula “…de la Isla de Santo Domingo o Haití”, reconociendo Santo Domingo como el nombre jurídico principal de la isla, mientras Haití designa la parte occidental.
Impacto: Ratifica internacionalmente la primacía de Isla de Santo Domingo como denominación oficial.
Siglo XX (1900–1999)
Evento: Influencia extranjera, especialmente anglosajona, promueve el uso de Hispaniola o La Española en literatura, mapas y medios internacionales.
Contexto: Estos términos, de origen histórico pero sin validez jurídica, ganan popularidad en contextos académicos y mediáticos fuera de la República Dominicana.
Impacto: A pesar de esta tendencia, la normativa interna dominicana y los documentos oficiales mantienen Isla de Santo Domingo como el nombre legítimo.
2025
Evento: La Constitución dominicana y la normativa nacional reafirman la identidad basada en la Isla de Santo Domingo.
Contexto: Movimientos ciudadanos, académicos y culturales promueven la defensa del nombre oficial en la educación, la diplomacia y la esfera pública, en respuesta a narrativas globalizadas que favorecen Hispaniola.
Impacto: La reafirmación del nombre se convierte en un símbolo de soberanía y resistencia cultural en un mundo globalizado.
Resumen Conceptual
La evolución del nombre Isla de Santo Domingo refleja un proceso de afirmación identitaria y soberanía:
Origen jurídico (1506): La Corona Española establece el nombre oficial, superando el bautizo simbólico de Colón.
Consolidación identitaria (1621–1844): El gentilicio dominicanos y la fundación de la República Dominicana anclan la identidad en Santo Domingo.
Reconocimiento internacional (1874): Tratados confirman la primacía de Santo Domingo como nombre de la isla.
Desafíos modernos (siglo XX–2025): La influencia extranjera impulsa términos alternativos, pero la normativa dominicana y los esfuerzos ciudadanos mantienen la vigencia del nombre oficial.
El nombre Isla de Santo Domingo no es solo una designación geográfica; es un pilar de la soberanía, la historia y la identidad dominicana, que conecta a los dominicanos con su legado y su lucha por la autodeterminación.
Conclusión
La Isla de Santo Domingo es el nombre histórico, jurídico y culturalmente legítimo de la isla que hoy alberga a la República Dominicana y la República de Haití. Defender este nombre trasciende la mera preservación histórica: es un acto de soberanía, un compromiso con la identidad constitucional y un homenaje a los próceres que forjaron la nación. En 2025, en un contexto de globalización que desafía las identidades nacionales, enseñar y promover Isla de Santo Domingo es un deber patriótico para garantizar que la herencia dominicana perdure.
Firmado: Dr. Ramón Reyes, MD
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